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VIGILANCIA PROFUNDA DEL SAT


PROGRAMA DE VIGILANCIA PROFUNDA DEL SAT

¿Qué es?

¿Es legal este procedimiento?

¿Se debe de atender?

¿Qué puede pasar si no la atiendo?


Pienso que nada nos debe de quitar nuestra tranquilidad, nuestro sueño, nuestra paz interior y mucho menos si nos llega una carta invitación del SAT, es una invitación solamente, si queremos asistir bien, si no también, te explico un poco más. Primero, ¿Qué es el programa de vigilancia profunda? Según lo publicado en la página del mismo SAT:

“Sirve para orientar a los contribuyentes para rectificar omisiones, diferencias e inconsistencias detectadas entre los datos manifestados en sus declaraciones y la información contenida en las bases de datos institucionales tanto propia como de terceros (CFDI, DIOT, Declaraciones, Pagos, entre otras fuentes).”

¿Busca rectificar omisiones? Puede ser que en ocasiones así sea, pero en otras resulta que no tenían en su poder toda la información necesaria para poder cotejar y ver si en realidad hay diferencias, como pueden ser notas de crédito, CFDI cancelados, entre otros documentos. Luego entonces, ¿Debo de acudir? Podemos decir que es un programa que pudiera beneficiar a ambas partes, a la autoridad para evitar realizar un auditoria y al contribuyente esclarecer las supuestas inconsistencias, o porque no decirlo, darse cuenta de que en realidad si tenía algunas diferencias en sus declaraciones.


Estos procedimientos al no ser atendidos no tienen una sanción (multa) porque es un programa interno de la autoridad cuyo objetivo es aclarar diferencias con sus bases de datos, tal es así que al atender la entrevista indican exactamente qué conceptos, importes y periodos hay posibles diferencias, e invitan a revisar los papeles de trabajo y de proceder tal observación que se corrija, sin mediar sanción alguna, y no procede tal porque es una invitación.

Hemos observado preocupación de los contribuyentes cuando al enterarse de la invitación se percatan que no podrán acudir, porque no estará en la ciudad o por múltiples razones, insisto, que nada te quite tu tranquilidad, ¿Qué debo de hacer? Al momento de que te enteras de la entrevista y sabes que no podrás acudir ponte en contacto con las personas que giraron la invitación y solicita una nueva fecha argumentando que para la fecha que te programaron no podrás y listo, a ambas partes les interesa la entrevista por ello la importancia de estar en comunicación.


¿Por qué me puede llegar una carta invitación? Por no tener o tener, pero de manera ineficiente una política de expedición de comprobantes fiscales. Esta es una causa común para generar una invitación, el área de facturación no sigue los procesos adecuados en la expedición o cancelación de los CFDI y esto por supuesto que puede ocasionar que la información que tienen en su poder la autoridad no coincida con lo declarado por el contribuyente.

Por último, puedo decir que atender una carta invitación y de tener diferencias en el pago de los impuestos es una oportunidad de regularizar la situación fiscal sin tener que pagar sanciones innecesarias, nadie es infalible, al mejor cazador se le puede ir la liebre, dice un dicho popular. Revisar periódicamente las políticas internas es un punto clave para prevenir estas invitaciones, y no solo de los CFDI de ingresos, también de los CFDI de egresos, ambos son de suma importancia.


Recuerda que, si decides no asistir a la entrevista, la autoridad fiscal podrá realizar diversas medidas de apremio conforme a las facultades conferidas en las leyes fiscales.


Agradezco tu tiempo de lectura, esperando que la información sea de utilidad para tu empresa.

C.P.C. Alfonso Neftalí Reyes Pérez.


PD.- Por cierto, ¿ya te insciribiste al curso de Auditoria a Ingresos y Egresos de una Persona Moral?

Aquí te dejo el link para que le des un vistazo al temario; link: AUDITORIA-INGRESOS-EGRESOS







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